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Artículo 11 de la Ley 3.607

Ley 3.607

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24109 / 7166875.

Texto oficial

Art. 11. Los servicios creados por esta lei y por la lei número 1,123, de 23 de noviembre de 1898, dependerán del Ministerio de Hacienda.