Texto oficial
DECIMOCTAVA.- La ley deberá contemplar los derechos
preferentes que deban corresponder al descubridor de un
yacimiento minero, para optar al otorgamiento de la
concesión sobre el mismo yacimiento.
Constitución política del estado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 241091 / 8908470.