Texto oficial
Art. 6.° Los empleados que presten sus servicios en las provincias de Tacna, Tarapacá i Antofagasta, i en el Territorio de Magallanes, gozarán, además, de una gratificacion de 20 por ciento sobre sus sueldos.
Lei núm. 3,619, que hace depender de una direccion general única los servicios de correos, telégrafos i teléfonos i aumenta los sueldos al personal de empleados
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24118 / 8276543.