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Artículo 1 transitorio de la Ley 3.620

Lei num. 3,620, que fija el personal del tribunal de cuentas i los sueldos correspondientes.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24119 / 8829216.

Texto oficial

Artículos transitorios {ARTS. 1-2} Artículo 1.° La supresion de empleos que importe el cumplimiento de la presente lei será llevada a efecto a medida que cesen en sus funciones los que actualmente las desempeñan. Los empleados actuales del Tribunal de Cuentas, continuarán en el desempeño de sus funciones sin necesidad de nuevo nombramiento.