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Artículo 19 del Decreto 121

Aprueba reglamento que establece normas para la elaboracion y determinacion de las garantias explicitas en salud a que se refiere la ley nº 19.966

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 241199 / 6536798.

Texto oficial

Artículo 19º.- El Consejo deberá velar que la propuesta sea consistente con los antecedentes y estudios proporcionados por el Ministerio, conforme al proceso que se regula en el presente reglamento. Asimismo, podrá solicitar otros antecedentes que estime pertinentes, lo que se regirá por las normas contenidas en el reglamento a que se refieren los artículos 21 y siguientes de la ley Nº 19.966.