Texto oficial
ART. 32. Los Diputados y Senadores son inviolables por
las opiniones que manifiesten y los votos que emitan en el
desempeño de sus cargos.
Fija texto de la constitución política del estado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 241203 / 8908515.