Saltar al contenido

Artículo 110 del Decreto 1333

Fija texto de la constitución política del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 241203 / 8908618.

Texto oficial

ART. 110. Una vez promulgado el proyecto, y desde la fecha de su vigencia, sus disposiciones formarán parte de la Constitución y se tendrán por incorporadas en ella. (43) (43) La frase "y desde la fecha de su vigencia", fue ordenada intercalar por la Reforma Constitucional contenida en la Ley Nº 17.284, de 23 de Enero de 1970.