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Artículo 6 de la Ley 3.636 · Lei num. 3,636, que aumenta los sueldos al personal del ejercito i de la armada.

Lei num. 3,636, que aumenta los sueldos al personal del ejercito i de la armada.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24131 / 7166918.

Texto oficial

Art. 6.° La presente lei rejirá desde el 1.° de Junio del presente año. El gasto que orijine el cumplimiento de esta lei en el presente año se deducirá de la mayor entrada de Aduana por esportacion de salitre sobre la calculada para el año de 1920.