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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 118

Fija la planta y grados de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 241359 / 9111581.

Texto oficial

Artículo 4.o La dotación del personal a contrata será fijada anualmente por el Presidente de la República en el Proyecto de Ley de Presupuesto y no excederá de 25.000 hombres.