Texto oficial
Artículo 25º- Los obreros permanentes de la Corporación se regirán por el Código del Trabajo y estarán afectos a la ley número 10.383 y a la ley 15.840, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 13º Nº 14.
Ley orgánica de la corporacion de obras urbanas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 241361 / 7322609.