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Artículo 70 (DEL ART UNICO) de la Ley 3.654

Ley 3.654

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24146 / 7167029.

Texto oficial

Art. 70. En las escuelas normales para hombres se enseñará, a mas de los ramos señalados para las superiores, elementos de derecho público, de jeometría, de cosmografía, de física i química, historia sagrada, de América i en especial de Chile, dogma, fundamentos de la fe, música vocal, elementos de agricultura, vacunacion i pedagojía teórica i práctica. En las destinadas a preceptoras se enseñará, ademas del dibujo lineal, de la Constitucion Política, de la economía doméstica, costura, bordados i demas labores de aguja, elementos de cosmografía i de física, historia sagrada, de América i en especial de Chile, dogma i moral relijiosa, música vocal, horticutura, dibujo natural i pedagojía teórica i práctica. A los ramos designados en este artículo se agregarán los que fueren necesarios, segun las circunstancias.