Texto oficial
Artículo 1.° Autorízase al Presidente de la República para invertir las siguientes sumas: de ciento cinco mil pesos ($ 105,000), en la construccion de dos estanques, uno almacenador i otro decantador i un filtro para el servicio de agua potable de Rancagua; i de ciento cincuenta i cinco mil pesos ($ 155,000), en la prosecucion de las obras de aduccion de las aguas del rio Claro.