Texto oficial
Artículo quinto.- El mayor gasto que importe la aplicación de la presente ley, se financiará con cargo a los recursos del presupuesto de las respectivas instituciones de las Fuerzas Armadas.".
Moderniza el servicio militar obligatorio
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 241847 / 8019330.