Texto oficial
Artículo 34º.- Para la asignación de los recursos de
este Título, el Consejo deberá considerar uno o más de
los siguientes criterios:
1.- La coherencia de la formulación del proyecto y la
correcta relación presupuestaria entre lo solicitado y la
adecuada ejecución del mismo;
2.- La experiencia o currículum del beneficiario de la
asignación y su equipo de trabajo;
3.- La viabilidad técnica y financiera.
4.- La calidad o mérito artístico;
5.- El impacto, ya sea medido en relación al número de
beneficiarios, la proyección sobre nuevos usuarios del
sector o la generación de externalidades positivas sobre su
sector artístico o ámbito de mediación cultural;
6.- La existencia y monto de aportes privados cuando
correspondiere;
7.- La sustentabilidad o permanencia en el tiempo del
proyecto o sus efectos;
8.- La descentralización; y
9.- La pertinencia respecto de las políticas de fomento
audiovisual.