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Artículo 4 del Decreto 151

Aprueba reglamento del fondo de fomento audiovisual

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 241853 / 9186775.

Texto oficial

Artículo 4°.- La asignación de recursos del Fondo se efectuará mediante la modalidad de concursos públicos, licitaciones, asignaciones directas, postulaciones o a través de otros mecanismos de ejecución de recursos públicos establecidos en la normativa vigente, según corresponda, de acuerdo a las diferentes líneas y tipos de proyectos, programas o actividades que el Consejo defina en el ejercicio de sus facultades. En este caso, deberán contemplar los recursos presupuestarios necesarios para el tiempo que dure el respectivo proyecto, postulación o programa, de acuerdo a los recursos asignados para su ejecución.