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Artículo 26 del Decreto 151

Aprueba reglamento del fondo de fomento audiovisual

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 241853 / 9186797.

Texto oficial

Artículo 26º.- Para la suscripción de los convenios, los(as) titulares de los proyectos seleccionados tendrán un plazo máximo de treinta días hábiles, contado desde la fecha de la publicación de los resultados. De no comparecer los interesados dentro del término indicado, la Secretaría certificará la reasignación de los recursos respectivos de conformidad a lo dispuesto en el artículo 18º del presente Reglamento.