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Artículo 12 de la Ley 3.733 · Lei núm. 3,733, que fija el impuesto de timbres,;estampillas i papel sellado.

Lei núm. 3,733, que fija el impuesto de timbres,;estampillas i papel sellado.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24212 / 8998881.

Texto oficial

Art. 12. El impuesto que en conformidad a esta lei debe pagarse por medio de estampillas, podrá ser sustituido por el uso de papel sellado o timbre fijo, de valor equivalente.