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Artículo 1 de la Ley 3.747

Lei núm. 3,747, que concede fondos para pagar gastos ocasionados con motivo de los festejos a las embajadas estranjeras que vinieron a la trasmision del mando supremo de la república i de la visita de la escuadra norte americana.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24222 / 7167261.

Texto oficial

Artículo 1.° Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de cincuenta mil pesos ($ 50,000), en atender a los gastos ocasionados con motivo de los festejos a las Embajadas Estranjeras que vinieron a la trasmision del mando supremo de la República.