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Artículo 2 de la Ley 3.747

Lei núm. 3,747, que concede fondos para pagar gastos ocasionados con motivo de los festejos a las embajadas estranjeras que vinieron a la trasmision del mando supremo de la república i de la visita de la escuadra norte americana.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24222 / 7167262.

Texto oficial

Art. 2.° Autorízasele, asimismo, para invertir hasta la suma de ochenta mil pesos ($80,000), en los gastos que ocasionó la atencion a los marinos de la Escuadra Norte-Americana.