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Artículo 24 de Constitución Política de la República

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la constitución política de la república de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 242302 / 8563493.

Texto oficial

Artículo 24.- El gobierno y la administración del CPR Art. 24° Estado corresponden al Presidente de la República, quien es D.O. 24.10.1980 el Jefe del Estado. Su autoridad se extiende a todo cuanto tiene por objeto la conservación del orden público en el interior y la seguridad externa de la República, de acuerdo con la Constitución y las leyes. El 1 de junio de cada año, el Presidente de la LEY N° 20.050 Art. República dará cuenta al país del estado administrativo y 1° político de la Nación ante el Congreso Pleno. N° 12 D.O. 26.08.2005