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Artículo 1 de la Ley 3.811 · Lei num. 3,811, que autoriza a la municipalidad de tome para contratar un emprestito

Lei num. 3,811, que autoriza a la municipalidad de tome para contratar un emprestito

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24263 / 8276736.

Texto oficial

ARTICULO 1.° Autorízase a la Municipalidad de Tomé para contratar un empréstito por la cantidad de cien mil pesos ($ 100,000) que será destinado a los siguientes fines: a) La suma de sesenta mil pesos ($60,000) para cancelar las deudas vencidas por pavimentacion i los trabajos de estraccion de tierra en la Avenida Latorre; b) La suma de diez mil pesos ($ 10,000) para hacer obras definitivas que impidan los derrumbes en la Avenida Latorre, i c) La suma de treinta mil pesos ($30,000) para terminar la construccion del mercado feria.