Saltar al contenido

Artículo 39 del Decreto 841

Aprueba reglamento de la ley nº 20.032, que establece un sistema de atencion a la niñez y adolescencia a traves de la red de colaboradores acreditados del servicio nacional de menores, y su regimen de subvencion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 242631 / 7323530.

Texto oficial

Artículo 39. Para el cálculo del valor efectivo de la subvención a transferir a todos los colaboradores acreditados que desarrollen la línea de acción Programas se considerarán los siguientes valores base y criterios: a) Programa de prevención Valor Base Criterios a Aplicar 3,08 USS mensual Zona b) Programa de promoción. Este programa se pagará conforme a lo señalado en el artículo anterior. No será aplicable a este programa los criterios previstos en el artículo 29 de la ley Nº 20.032 para los efectos de incrementar el valor de la subvención. c) Programa de reinserción para adolescentes infractores a la ley penal. c.1) Programa de reinserción para adolescentes infractores a la ley penal en general. Se considerarán en este programa las siguientes modalidades de atención: . . c.2) Programa de libertad asistida. Se considerarán en este programa las siguientes modalidades de atención: Valor Base Criterios a aplicar - Programa de libertad asistida. 8,71 USS mensual Zona - Programa de libertad asistida 11,32 USS mensual Zona especial. c.3) Programa Multimodal. Se considerarán en este programa los siguientes valores y criterios: Valor Base Criterios a aplicar 8,8 USS mensual Zona Cobertura d) Programa de protección. d.1) Programa de protección en general. Se considerarán en este programa las siguientes modalidades de atención: Valor Base Criterios a Aplicar i) Adopción - Subprograma de apoyo y 2,15 USS mensual Zona orientación a la familia de origen - Subprograma recepción 2,15 USS mensual Zona y cuidado del niño. - Subprograma evaluación 2,15 USS mensual Zona técnica de los solicitantes y preparación para la adopción. - Subprograma de Acompañamiento Adoptivo 8,9 USS mensual Zona ii) Programa de representación jurídica para niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos 3,2 USS mensual Zona iii) Programas de defensa jurídica para adolescentes infractores a la ley penal 2,15 USS mensual Zona iv) Programa de protección ambulatoria para niños y niñas con discapacidad grave o profunda 6,2 USS mensual Zona Discapacidad mental profunda v) Programa de intervención breve 4,5 USS mensual Zona vi) Programa Multimodal de Protección 6,8 USS mensual Zona cobertura" d.2) Programa de protección especializado Valor Base Criterio a aplicar 9,3 USS mensual Zona i) Programa de Explotación Sexual Comercial Infantil Valor Base Factores 15 USS mensual Zona ii) Programa Especializado en Polivictimización Valor Base Factores 15 USS mensual Zona" Para aquellos programas que desarrollen como modalidad la atención de niños, niñas y adolescentes en explotación sexual comercial infantil, el valor base se incrementará progresivamente en un 20%, 17% y 15%, durante los años 2014, 2015 y 2016, respectivamente, hasta completar el valor base indicado en conformidad con la siguiente tabla: . d.3) Programa de Fortalecimiento Familiar: Valor Base Criterio a Aplicar 3 USS mensual Zona Adicionalmente se pagará un adicional de 10 USS por niño favorablemente egresado. Dicha suma adicional no se incrementará por la aplicación de criterio alguno. e) Programa de Familias de Acogida: e.1) Programa de Familias de Acogida Simple Valor Base Factores 6,7 USS mensual Zona e.2) Programa de Familias de Acogida Especializada Valor Base Factores 9 USS mensual Zona Complejidad" e.3) Programa de Familias de Acogida para niños, niñas y adolescentes con discapacidad Valor Base Factores 6,7 USS mensual Zona Discapacidad f) Programa de emergencia. Este programa se pagará conforme a lo señalado en el artículo anterior y con el tope máximo previsto en el artículo 30 de la ley Nº 20.032. No serán aplicables a estos programas los criterios previstos en el artículo 29 del mismo cuerpo legal para los efectos de incrementar el valor de la subvención.