Texto oficial
Artículo 47. Los proyectos con un plazo de duración
superior a un año serán evaluados anualmente por el
Servicio Nacional de Menores. Asimismo, el SENAME
solicitará se presenten planes anuales de trabajo para el
correspondiente período.
En el caso de proyectos con una duración igual o
inferior a un año, la oportunidad y forma de evaluación se
determinará en el respectivo convenio.