Texto oficial
Artículo 51. El SENAME mediante resolución fundada y
conforme a los criterios de selección establecidos en las
bases adjudicará, el o los bonos de desempeño, a los
proyectos que resulten mejor evaluados en cuanto a la
calidad de la atención otorgada y los resultados
alcanzados, informando de la decisión final del concurso a
través de la página web del Servicio y por escrito a los
participantes.