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Artículo 52 del Decreto 841

Aprueba reglamento de la ley nº 20.032, que establece un sistema de atencion a la niñez y adolescencia a traves de la red de colaboradores acreditados del servicio nacional de menores, y su regimen de subvencion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 242631 / 7323547.

Texto oficial

Artículo 52. Una vez adjudicado el o los bonos concursados se procederá a su pago en una sola cuota. Dichos recursos deberán ser destinados a los fines propios del colaborador acreditado. Para estos efectos se entenderá por fines propios del colaborador acreditado, toda actividad dirigida directa o indirectamente al cumplimiento de los objetivos institucionales, incentivar a sus equipos profesionales y/o a mejorar la calidad de la atención de los niños, niñas o adolescentes de que trata la ley y este reglamento.