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Artículo 6 (DEL NUM. Nº1) del Decreto 222

Aprueba reglamento orgánico y de funcionamiento de la direccion general de aeronautica civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 242633 · idParte: 8189136

Texto oficial

Art. 6. El Director General de Aeronáutica Civil, en adelante Director General, tiene como función básica ejercer la dirección, organización y control superior de los recursos humanos, materiales, financieros y de información para que las actividades aeronáuticas que se desarrollan dentro del espacio aéreo controlado por Chile y aquellas que ejecutan en el extranjero empresas aéreas nacionales se realicen en forma segura y eficiente.