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Artículo 8 de la Ley 3.849

Lei num. 3,849, que destina $ 15.000,000 para la ejecucion de obras de desagüe en diversas ciudades

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 24293 · idParte: 7167449

Texto oficial

ART. 8.° La contribucion de desagüe será cobrada en la misma forma que el impuesto de haberes, i llegado el caso de requerimiento judicial tendrá mérito ejecutivo la cuenta formada por la administracion del servicio i el procedimiento se ajustará a las reglas especiales establecidas por la lei para el cobro de las contribuciones.