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Artículo 11 de la Ley 14.905

Autoriza a la municipalidad de machali para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la cantidad de eº 160.000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 243070 / 8373195.

Texto oficial

Artículo 11.o Autorízase a la Municipalidad de Machalí para transferir gratuitamente a la Caja de Retiro y Previsión de los Empleados Municipales de la República, el dominio de los inmuebles de su propiedad que, por acuerdo municipal, destine a la construcción de una población para sus empleados y obreros, y que deberá componerse de no menos de treinta y seis casas, las que la citada Caja de Previsión transferirá a su vez a dicho personal en cumplimiento a lo dispuesto en esta ley. Estas transferencias no estarán afectas a impuestos o contribuciones de ninguna naturaleza.