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Artículo 15 de la Ley 3.896 · Lei num. 3,896, que lejisla sobre almacenes jenerales de deposito de mercaderias

Lei num. 3,896, que lejisla sobre almacenes jenerales de deposito de mercaderias

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 24331 · idParte: 7167524

Texto oficial

ART. 15. El tenedor del vale de prenda, podrá en cualquier momento inspeccionar el estado i condicion de la especie que se le haya dado en garantía, a fin de tomar medidas conservativas sobre ellas.