Texto oficial
ART. 4.° Esta lei comenzará a regir desde la fecha de su publicacion en el Diario Oficial.
Lei num. 3,922, que autoriza la inversion de $ 54.050,000 en el pago de sueldos, pensiones, etc., correspondientes al primer trimestre de este año i en el pago a contratistas de obras publicas i al personal suplementario de la direccion de sanidad.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24352 / 8276842.