Lei núm. 3,930, que modifica la lei núm. 3,091, que;dispone que la propiedad territorial, edificada o no,;los bienes muebles i los valores mobiliarios estarán;afectos al pago de una contribucion fiscal i otra;municipal.
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24360 / 8829223.
Texto oficial
ART. 2.° Se autoriza al Presidente de la República para fijar plazos especiales a fin de efectuar el primer avalúo ordenado por esta lei.
El decreto que se dicte en cumplimiento de esta disposicion, deberá ser publicado por 15 dias en uno o mas diarios o periódicos de cada una de las cabeceras de departamento, i fijado por igual término en la puerta de la Casa Municipal.