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Artículo 3 transitorio de la Ley 3.930

Lei núm. 3,930, que modifica la lei núm. 3,091, que;dispone que la propiedad territorial, edificada o no,;los bienes muebles i los valores mobiliarios estarán;afectos al pago de una contribucion fiscal i otra;municipal.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24360 / 8829224.

Texto oficial

ART. 3.° Los impuestos correspondientes al nuevo avalúo se pagarán desde el semestre siguiente a la fecha de la terminacion de la tasacion definitiva de la propiedad.