Texto oficial
ART. 3.° Los impuestos correspondientes al nuevo avalúo se pagarán desde el semestre siguiente a la fecha de la terminacion de la tasacion definitiva de la propiedad.
Lei núm. 3,930, que modifica la lei núm. 3,091, que;dispone que la propiedad territorial, edificada o no,;los bienes muebles i los valores mobiliarios estarán;afectos al pago de una contribucion fiscal i otra;municipal.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24360 / 8829224.