Texto oficial
Art. 2.o Autorízase, ademas, al Presidente de la República para subastar los terrenos de las salitreras Nacasa de Calama, a que se refieren las sentencias judiciales recaidas en los juicios de denuncio, y reivindicacion en favor del Fisco, siendo de cargo a la tercera parte de su valor reconocido al denunciante por dichas sentencias, los gastos correspondientes a este lote en la subasta, y debiendo entregarse al denunciante solamente el saldo líquido que resulte de dicha tercera parte.