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Artículo 41 del Decreto 1199

Aprueba el reglamento de las concesiones sanitarias de produccion y distribucion de agua potable y de recoleccion y disposicion de aguas servidas y de las normas sobre calidad de atencion a los usuarios de estos servicios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 243794 / 8661599.

Texto oficial

Artículo 41º Cada una de las garantías de los artículos precedentes no podrá ser inferior a 100 UF ni podrá superar las 15.000 UF. Las garantías presentadas deberán ser aprobadas por la entidad normativa en lo referente a montos involucrados, coberturas y cumplimiento de requisitos.