Texto oficial
Artículo 120º
El prestador establecerá un procedimiento especial para la atención de los diferentes reclamos, solicitudes y consultas que presenten los usuarios. Dichos procedimientos constarán por escrito y serán informados a los usuarios mediante anuncios, ubicados en lugares destacados de las oficinas del concesionario.
El prestador deberá responder por escrito todos los reclamos, consulta o solicitudes que los usuarios o clientes formulen por escrito, relacionados con la operación del servicio, dentro del plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su recepción.
La respuesta escrita dada por el prestador deberá señalar expresamente, en su caso, la facultad del usuario de solicitar la actuación de la Superintendencia en la materia relacionada con su reclamo, consulta o solicitud.