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Artículo 58 de la Ley 3.996 · Lei num. 3,996, que establece un impuesto sobre las rentas

Lei num. 3,996, que establece un impuesto sobre las rentas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24389 / 9027847.

Texto oficial

Art. 58. Las rentas en moneda estranjera o en moneda nacional de oro, se reducirán a moneda corriente al tipo de cambio, o con el recargo que corresponda al dia en que se pague el impuesto, o a la fecha en que se le retiene con arreglo a la lei.