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Artículo 76 de la Ley 3.996 · Lei num. 3,996, que establece un impuesto sobre las rentas

Lei num. 3,996, que establece un impuesto sobre las rentas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24389 / 9027867.

Texto oficial

Art. 76. Tendrá personería para litigar a nombre del Fisco en estas materias, el director de Impuestos Internos, quien podrá delegar sus funciones en los empleados de su dependencia, siempre que lo requieran las necesidades del servicio.