Texto oficial
ARTICULOS TRANSITORIOS
Artículo 1. Suprímense cinco cargos de Inspectores
Visitadores en la planta de la Dirección General de
Registro Civil e Identificación.
Estas supresiones se harán efectivas a medida que se
produzcan las vacantes respectivas y comprenderán a
cualquiera de los cargos de Inspectores Visitadores de
Registro Civil e Identificación.