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Artículo 1 transitorio de la Ley 11.987 · Fija la planta y sueldos del personal del servicio de registro civil e identificacion

Fija la planta y sueldos del personal del servicio de registro civil e identificacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 244177 / 9019807.

Texto oficial

ARTICULOS TRANSITORIOS Artículo 1. Suprímense cinco cargos de Inspectores Visitadores en la planta de la Dirección General de Registro Civil e Identificación. Estas supresiones se harán efectivas a medida que se produzcan las vacantes respectivas y comprenderán a cualquiera de los cargos de Inspectores Visitadores de Registro Civil e Identificación.