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Artículo 7 de la Ley 4.054

Ley 4.054

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24431 / 8846211.

Texto oficial

Art. 7.o Las Cajas tendrán personalidad jurídica, gozarán de privilejio de pobreza en juicio y en todos los documentos y contratos que celebraren o estendieren, y estarán exentas de toda contribucion fiscal y municipal, de cualquiera naturaleza que sea.