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Artículo 47 de la Ley 4.055 · Lei num. 4,055, que reforma la lei de accidentes del trabajo

Lei num. 4,055, que reforma la lei de accidentes del trabajo

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24432 / 8277111.

Texto oficial

Art. 47. En toda fábrica, taller o empresa afectada por esta lei, deberá fijarse en sitios visibles a que tengan acceso los trabajadores, un cartel con el testo íntegro de la presente lei.