Saltar al contenido

Artículo 28 de la Ley 4.059 · Lei num. 4,059, sobre contrato de trabajo entre patrones y empleados particulares

Lei num. 4,059, sobre contrato de trabajo entre patrones y empleados particulares

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24436 / 8277205.

Texto oficial

Art. 28. Los empleados estranjeros que se ausenten definitivamente del país, podrán retirar, por intermedio de mandatario, los fondos que existieren a su nombre en su respectiva cuenta, un año despues de haberse radicado en el estranjero.