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Artículo 4 del Decreto 2626

Establece distribucion de la comision que los hipodromos;del pais descuentan sobre el monto de las apuestas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 244385 · idParte: 6550232

Texto oficial

Artículo 4º.- No tendrán derecho a percibir el beneficio de asignación familiar establecido en la letra d) del Nº 3 del artículo anterior las personas que gocen de este beneficio derivado de cualquier otra actividad que desempeñen o hayan desempeñado. Para este efecto regirán íntegramente las reglas establecidas en el artículo 11º de la ley Nº 12.462.