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Artículo 1 de la Ley 4.094

Autoriza enejenacion diversos terrenos salitrales y autoriza inversion de los fondos en los trabajos que indica.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 24464 · idParte: 8277232

Texto oficial

Artículo 1.o Se autoriza al Presidente de la República para que en el término de dos años, enajene en pública subasta, los siguientes terrenos salitrales: Terrenos al Poniente de la Oficina Maroussia; Terrenos al Sur de la Oficina Valparaíso; Terrenos al Oeste de Grutas; Terrenos alrededor de la Oficina Jazpampa; Terrenos al Noroeste de San Antonio de Zapiga; Terrenos al Oeste de Porvenir; Terrenos al Sur de Unión; Terrenos al Norte de Aurora; Terrenos al Sur de Mercedes; Terrenos alrededor de la Oficina Irene; Terrenos alrededor de la Oficina Agua Santa; Terrenos alrededor de la Oficina Victoria; Terrenos alrededor de la Oficina Santiago; Terrenos alrededor de la Oficina San Pablo; Terrenos alrededor de la Oficina Santa Rita; Terrenos alrededor de la Oficina Ramírez; Terrenos alrededor de la Oficina Lagunes; Terrenos alrededor de la Oficina Sacramento; Terrenos alrededor de la Oficina Sebastopol; Terrenos al Suroeste de la Oficina Barcelona; Teresnos de la Salitrera Nacasa de Calama; Pampa Nebraska; Pampa Pissis; Terrenos vecinos a las Oficinas "Chile", "Alemania", "Moreno", "Cóndor", "Vigo" y "Coruña"; Terrenos al Sur de la Oficina Iris.