Texto oficial
Art. 30. Si el deudor, en perjuicio del acreedor,
cambiase la cosa dada en prenda o alterase su calidad,
incurrirá en la pena de presidio menor en su grado máximo.
Contrato de prenda agraria
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24467 / 7168111.