Texto oficial
Art. 3.o El empréstito será contratado directamente por el Gobierno o por intermedio del Banco Central. Su producto será depositado en una cuenta corriente en esa institución, a la orden del Fisco, quien girará las sumas correspondientes a los estados de pago que presente la Compañía Electro-Siderúrgica e Industrial de Valdivia, con el visto bueno del Inspector del Gobierno.