Texto oficial
Artículo 64.- Modificaciones a la ley Nº 19.640. En
el inciso primero del artículo 72, sustitúyese el guarismo
"625" por "647", referido a la categoría "Fiscal Adjunto";
el guarismo "69" por "70", referido a la categoría "Jefe de
Unidad", y el guarismo "860" por "866" referido a la
categoría "Profesionales".