Texto oficial
Art. 17. El que pretendiese un préstamo de la Caja, se presentará por escrito a la Dirección designando la propiedad minera mensurada de que dispone, acompañando los títulos que acrediten su dominio y los documentos que han de servir de base a la operación. Acompañará también un proyecto de la instalación que se propone construir.