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Artículo 1 de la Ley 4.133

Concede autorización para arrendar casas para la;embajada de chile en brasil y la legación en el;paraguay.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24498 / 5958503.

Texto oficial

Artículo 1.o Se aprueba el contrato de arrendamiento celebrado por el ex-Embajador de Chile en el Brasil, don Miguel Cruchaga Tocornal para una casa destinada al uso de la Embajada de Chile en el referido país.