Texto oficial
Art. 5.o Con el producto del empréstito a que se refiere el artículo anterior, se procederá a rescatar los bonos en actual circulación, cuyo servicio corresponda al Gobierno en el empréstito por veinticuatro millones de dólares (D. 24.000,000), contratado con el Guaranty Trust Company, de acuerdo con la ley número 3,718, de 17 de Enero de 1921.