Texto oficial
Art. 21. Si los fondos que se señalan en el artículo 20, no bastaren para atender todas las necesidades a que esta ley los destina, la Municipalidad sacará de sus rentas generales las cantidades que falten.
Aprueba proyecto de pavimentacion de santiago
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24542 / 10063429.